Planificación Sucesoria Empresarial

Hasta ahora, poco había hablado de estrategias para empresas y, como podéis ver en nuestra web www.finplanner.es  son un segmento con un amplio abanico de servicios que poder ofrecerles, y con un gran recorrido en materia de asesoramiento, ya que, tradicionalmente,  cuando pensamos en asesoramiento y planificación financiera nos viene a la cabeza el ahorrador particular y su familia, y pocas Entidades se han centrado en ofrecer a las empresas estrategias 360º que, desde una visión integral de la situación de la misma (desde la composición de su accionariado hasta sus planes de expansión futuros), aporten estrategias y soluciones que contribuyan a la consecución de sus objetivos.

Hoy voy a hablarte de uno de los servicios en los que, de la mano de los despachos de abogados especializados, podemos aportar a éstos las herramientas adecuadas para dar solución a uno de los problemas que pocas empresas han acometido hasta ahora: la sucesión accionarial por fallecimiento de alguno de los socios.

Y es que, como sucede en el ámbito particular, del que ya hablaremos ampliamente en otro artículo, a menudo no prevemos estas situaciones y nos encontramos con el “muerto” (nunca mejor dicho) cuando ya es demasiado tarde para reaccionar. Y, créeme, esta falta de previsión, genera en estos casos muchos problemas que, independientemente de la repercusión económica, pueden incluso hacer peligrar la normal continuidad de la empresa, al caer en el riesgo de que alguno de los herederos del socio fallecido entre en el Consejo de Administración, siendo frecuente que éste no esté ni preparado ni alineado con la estrategia de la empresa heredada, haciendo difícil pues su gobernabilidad y futuro.

Es deseable que un empresario aspire a dejar en manos de su familia directa el negocio al que le ha dedicado su vida. Este plan cuenta con alto índice de éxito hasta la segunda generación inclusive.

Sin embargo, diversos factores parecen converger para que la tercera generación termine renunciando a hacerse cargo de la empresa o que, si lo hacen, no logre mantenerla a flote. Los resultados hablan por sí solos y de acuerdo a diversos estudios, las empresas que pasan la tercera generación no llegan al 3%.

Por ello, esta situación, en pequeñas y medianas empresas familiares, conviene dejarla bien atada desde el inicio, y para ello disponen de la figura del “Pacto de Socios”  y la posibilidad (conveniencia, diría yo), incluso, de modificar los Estatutos Sociales de la empresa para recoger en ellos las claúsulas y limitaciones que se estimen oportuno para salvaguardar la continuidad del negocio.

Una de esas medidas, acostumbra a ser el pacto de recompra, por parte de los socios supervivientes, de las acciones correspondientes a los herederos del socio fallecido. Eso, que, a priori, sería la solución más viable, implica por un lado tener claro la valoración de ese paquete de acciones y, lo más importante, disponer de liquidez por parte de la Empresa para acometer ese gasto no presupuestado.  Y ahí es donde muchas empresas “pinchan”, y donde, modestamente, podemos ayudarles a que la empresa disponga de esa liquidez, adicional a la normal generación de recursos de la actividad, que necesitarían para hacer frente a esa situación, de tal forma que el imprevisto del fallecimiento de uno de los socios no obligue a cambiar la estrategia de la empresa por la necesidad de desviar parte de los recursos asignados a esta nueva contingencia.

¿Quedamos la semana próxima para otro café?

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